martes, 5 de diciembre de 2017

PARTICIPACION CIUDADANA


Entre las múltiples innovaciones de la Constituyente de Montecristi está el famoso QUINTO PODER, traducido en pocas líneas, FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL.
Dice la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que el primer fiscalizador y mandante es el propio ciudadano, organizado colectivamente o si lo prefiere, en solitario.  Pareciera que estamos ante el perfeccionamiento del Estado Constitucional de Derechos y Justicia, el ciudadano elevado por encima de la Ley, el equilibrio del Poder y sus manifestaciones –muchas veces usurpadoras- frente al hombre que no ejerce sus derechos porque no los conoce, ni entiende como esquivar a los que ostentan el poder.
¿En la práctica esto es real?
El antecedente de esta Carta Magna no fue prometedor; ya se produjo el primer asalto cuando la Asamblea Constitucional votada en el año 1997 se autonombró Constituyente ya en funciones, dominada entonces por el Frente Radical Alfarista y Partido Socialcristiano que contaban con 40 votos sobre los 70 espacios reservados para estos “ilustres”.
¿Hay alguna diferencia entre uno y otro? Claro que sí.  Pero para el ciudadano común quizá no signifique mucho, lo que se convierte en una trampa donde fácilmente cae, como ha ocurrido desde entonces, por no ir muy atrás.
El Poder Constituyente puede ser originario -Constituyente que puede crear o modificar, con la única limitación de los derechos humanos y los principios del Constitucionalismo- o también derivado -Constitucional que puede modificar, con sujeción a limitaciones de orden constitucional o legal-. Así, el pueblo ha echado suertes dos veces en pocos años, cambiando de un esquema Programático, remisor a la Ley, por otro Orgánico donde –al menos en apariencia- se aplican los derechos fundamentales, aparentemente esto solucionaba todo, era el santo grial de las acciones constitucionales, así se podía hacer reivindicar cualquier derecho conculcado, incluso si fuera anterior a la expedición de la Constitución de la República.
Esta Constitución se asemejaba al Arca de Noé, parecía la salvación de quienes se subieran en ella sin pertenecer a ninguna tienda política, sonaba como una reinvención de la sociedad, el mundo retomaba colores para los pobres, etc.
Ahora comprendo eso que decía un autor colombiano alguna vez: “Quien conoce la historia, busca repetirla, acorde a sus intereses, hoy corrijo, porque creo que lo que está pasando es que quien no conoce la historia se ve obligado a repetirla”  Sucede que en su país también eligieron a asambleístas constitucionales que se auto ungieron de constituyentes, con una votación inferior a los congresistas a quienes cesaron abusivamente, todo esto en 1990 con el compromiso del presidente Gaviria de que se harían reformas a la de 1886 y no como ocurrió finalmente, que se creó una completamente nueva, lo que no había sido consultado al pueblo colombiano, que ni lo habrá notado, como acá el nuestro.
Pero bueno, si hilamos tan fino no terminaremos de tejer nunca. Como todo lo que trae sonido generalmente esconde un cascabel, vino la estafa: La Función de Participación Ciudadana y Control Social y este régimen se lo puso al ecuatoriano sin dudarlo.
Creando la figura del Consejo de Participación Ciudadana, organismo pluripersonal que designa todas las autoridades de Control y Transparencia, sometida la Asamblea se volvió insaciable el poder ejecutivo, así el gobierno –liberado de toda limitación- se dirigía sin remedio al fracaso, arrastrando cualquier buen propósito -de haberlos tenido- y las malas ejecuciones dilapidando los recursos públicos, mientras el Fiscal no fiscaliza, el Contralor no revisa cuentas, la Corte Constitucional sin bandera y un apetito político desmedido y como esto no era suficiente, ante la ninguna fiscalización de la Asamblea, faltaba asestarle el golpe de gracia a la única institución que podía ejercer control de legalidad: La Función Judicial, la herramienta: de nuevo, el Consejo de Participación Ciudadana, el medio? El Consejo de la Judicatura, órgano administrativo que ahora es el vasallo del ejecutivo y el verdugo de los jueces.
Implementando un sistema de gestión procesal inocuo que no ha resuelto nada - lo que es un producto razonable considerando que proviene de estos genios de biblioteca sin ninguna experiencia en sitio - la unificación del banco de elegibles, sacaron a los jueces de su plaza natural, dispersándolos como se hace con las Fuerzas Armadas o la policía Nacional moviéndoles de reparto, previniendo cualquier posibilidad de asociación, cesando a los jueces con experiencia con cualquier cargo para luego designar a jueces sin experiencia, ni siquiera la edad suficiente para administrar justicia, con la consigna de ceder a sus requerimientos, de ahí una jueza que aceptó una acción de protección sin pies ni cabeza, propuesta por un ilegitimo pues las acciones de protección no pueden interponerse por los órganos de poder –como ocurrió con el ex presidente de la República- señal indiscutible que todo gira en torno a la voluntad de uno solo.  ¿Qué clase de democracia es esa?
Y es que la deslealtad que ha tenido este sistema para con los propósitos que le fueron confiados es total.
El Consejo actual no fue elegido por votación popular, lo que limita su legitimidad a un nivel prácticamente nulo. Sus poderes son casi omnímodos, gozan de fuero de Corte Nacional y solamente con juicio político se los puede destituir y para eso se requiere de activar todo un mecanismo parlamentario que en estos momentos, dominado como se encuentra por el partido que gobierna, les hace casi intocables.
¿Pueden alcanzar legitimidad en algún momento? Definitivamente, no. Hay demasiado poder en manos de unos pocos que además, no pueden ser interpelados con facilidad.
Siendo el derecho de participación una forma de aproximación al Poder que se ha reservado para terceros, no es en realidad un medio de defensa del ciudadano común, al menos, no a partir de las actuales reglas del juego.
¿Una recomendación? El retorno a los tres poderes clásicos: EJECUTIVO LEGISLATIVO Y JUDICIAL.  Transparencia debe estar representada por los órganos contralor, fiscalizador, defensor del pueblo y defensor público, elegidos por votación popular, en escrutinio permanente y con reglas de juego que no entrañen trampas ni recovecos, especialmente las que resultan menos detectables y que son siempre, las más peligrosas.
En resumen, la función de participación tiene un socio en la guerra que libra este momento cada ciudadano, un voto a la vez.

Cardenisa

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