Entre
las múltiples innovaciones de la Constituyente de Montecristi está el famoso
QUINTO PODER, traducido en pocas líneas, FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL
SOCIAL.
Dice
la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que el primer fiscalizador y
mandante es el propio ciudadano, organizado colectivamente o si lo prefiere, en
solitario. Pareciera que estamos ante el
perfeccionamiento del Estado Constitucional de Derechos y Justicia, el
ciudadano elevado por encima de la Ley, el equilibrio del Poder y sus
manifestaciones –muchas veces usurpadoras- frente al hombre que no ejerce sus
derechos porque no los conoce, ni entiende como esquivar a los que ostentan el
poder.
¿En la práctica esto es real?
El
antecedente de esta Carta Magna no fue prometedor; ya se produjo el primer
asalto cuando la Asamblea Constitucional votada en el año 1997 se autonombró
Constituyente ya en funciones, dominada entonces por el Frente Radical Alfarista
y Partido Socialcristiano que contaban con 40 votos sobre los 70 espacios
reservados para estos “ilustres”.
¿Hay
alguna diferencia entre uno y otro? Claro que sí. Pero para el ciudadano común quizá no
signifique mucho, lo que se convierte en una trampa donde fácilmente cae, como
ha ocurrido desde entonces, por no ir muy atrás.
El
Poder Constituyente puede ser originario
-Constituyente que puede crear o modificar, con la única limitación de los
derechos humanos y los principios del Constitucionalismo- o también derivado -Constitucional que puede
modificar, con sujeción a limitaciones de orden constitucional o legal-. Así,
el pueblo ha echado suertes dos veces en pocos años, cambiando de un esquema
Programático, remisor a la Ley, por otro Orgánico donde –al menos en
apariencia- se aplican los derechos fundamentales, aparentemente esto solucionaba
todo, era el santo grial de las acciones constitucionales, así se podía hacer
reivindicar cualquier derecho conculcado, incluso si fuera anterior a la
expedición de la Constitución de la República.
Esta
Constitución se asemejaba al Arca de Noé, parecía la salvación de quienes se
subieran en ella sin pertenecer a ninguna tienda política, sonaba como una
reinvención de la sociedad, el mundo retomaba colores para los pobres, etc.
Ahora
comprendo eso que decía un autor colombiano alguna vez: “Quien conoce la historia, busca repetirla, acorde
a sus intereses, hoy corrijo, porque creo que lo que está pasando es que quien
no conoce la historia se ve obligado a repetirla” Sucede que en su país también eligieron a
asambleístas constitucionales que se auto ungieron de constituyentes, con una
votación inferior a los congresistas a quienes cesaron abusivamente, todo esto
en 1990 con el compromiso del presidente Gaviria de que se harían reformas a la
de 1886 y no como ocurrió finalmente, que se creó una completamente nueva, lo
que no había sido consultado al pueblo colombiano, que ni lo habrá notado, como
acá el nuestro.
Pero
bueno, si hilamos tan fino no terminaremos de tejer nunca. Como todo lo que
trae sonido generalmente esconde un cascabel, vino la estafa: La Función de
Participación Ciudadana y Control Social y este régimen se lo puso al
ecuatoriano sin dudarlo.
Creando
la figura del Consejo de Participación Ciudadana, organismo pluripersonal que
designa todas las autoridades de Control y Transparencia, sometida la Asamblea
se volvió insaciable el poder ejecutivo, así el gobierno –liberado de toda
limitación- se dirigía sin remedio al fracaso, arrastrando cualquier buen propósito
-de haberlos tenido- y las malas ejecuciones dilapidando los recursos públicos,
mientras el Fiscal no fiscaliza, el Contralor no revisa cuentas, la Corte
Constitucional sin bandera y un apetito político desmedido y como esto no era
suficiente, ante la ninguna fiscalización de la Asamblea, faltaba asestarle el
golpe de gracia a la única institución que podía ejercer control de legalidad:
La Función Judicial, la herramienta: de nuevo, el Consejo de Participación
Ciudadana, el medio? El Consejo de la Judicatura, órgano administrativo que
ahora es el vasallo del ejecutivo y el verdugo de los jueces.
Implementando
un sistema de gestión procesal inocuo que no ha resuelto nada - lo que es un
producto razonable considerando que proviene de estos genios de biblioteca sin
ninguna experiencia en sitio - la unificación del banco de elegibles, sacaron a
los jueces de su plaza natural, dispersándolos como se hace con las Fuerzas
Armadas o la policía Nacional moviéndoles de reparto, previniendo cualquier
posibilidad de asociación, cesando a los jueces con experiencia con cualquier
cargo para luego designar a jueces sin experiencia, ni siquiera la edad
suficiente para administrar justicia, con la consigna de ceder a sus
requerimientos, de ahí una jueza que aceptó una acción de protección sin pies
ni cabeza, propuesta por un ilegitimo pues las acciones de protección no pueden
interponerse por los órganos de poder –como ocurrió con el ex presidente de la
República- señal indiscutible que todo gira en torno a la voluntad de uno
solo. ¿Qué clase de democracia es esa?
Y es
que la deslealtad que ha tenido este sistema para con los propósitos que le
fueron confiados es total.
El Consejo actual no fue elegido por votación popular, lo
que limita su legitimidad a un nivel prácticamente nulo.
Sus poderes son casi omnímodos, gozan de fuero de Corte Nacional y solamente
con juicio político se los puede destituir y para eso se requiere de activar
todo un mecanismo parlamentario que en estos momentos, dominado como se
encuentra por el partido que gobierna, les hace casi intocables.
¿Pueden
alcanzar legitimidad en algún momento? Definitivamente, no. Hay demasiado poder
en manos de unos pocos que además, no pueden ser interpelados con facilidad.
Siendo
el derecho de participación una forma de aproximación al Poder que se ha reservado
para terceros, no es en realidad un medio de defensa del ciudadano común, al
menos, no a partir de las actuales reglas del juego.
¿Una
recomendación? El retorno a los tres poderes clásicos: EJECUTIVO LEGISLATIVO Y
JUDICIAL. Transparencia debe estar
representada por los órganos contralor, fiscalizador, defensor del pueblo y
defensor público, elegidos por votación popular, en escrutinio permanente y con
reglas de juego que no entrañen trampas ni recovecos, especialmente las que
resultan menos detectables y que son siempre, las más peligrosas.
En
resumen, la función de participación tiene un socio en la guerra que libra este
momento cada ciudadano, un voto a la vez.
Cardenisa
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